En los últimos tiempos, la legislación europea ha impulsado a numerosos países a ajustar sus normativas de transporte, y España no es la excepción. Entre las novedades que hemos visto en los últimos años se encuentran las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), a las que ahora se suma una nueva regulación: el Reglamento de Vehículos Históricos, aprobado recientemente por el Consejo de Ministros.
A partir del 1 de octubre de 2024, algunas modificaciones importantes afectarán a los propietarios de vehículos históricos, quienes verán cambios en las condiciones para circular y las exigencias sobre la Inspección Técnica de Vehículos (ITV).
Exenciones y requisitos para la ITV de vehículos históricos
Una de las principales ventajas para los propietarios de vehículos clasificados como históricos es la posibilidad de circular por cualquier tipo de vía, incluyendo las ZBE, con un máximo de 96 días al año. Sin embargo, la novedad más destacada es que los vehículos con más de 60 años de antigüedad estarán exentos de pasar la ITV periódica.
Esto significa que cualquier vehículo matriculado antes de 1964 ya no tendrá la obligación de someterse a la inspección técnica. Además, en el caso de los ciclomotores históricos, la exención es total, aunque se mantendrá la opción de realizar una ITV voluntaria si el propietario lo desea.
Impacto de las nuevas normativas
Este nuevo reglamento ofrece alivio a quienes poseen vehículos históricos, facilitando su uso en ciudades con restricciones y reduciendo los trámites asociados a la ITV. Así, estos vehículos podrán disfrutar de más libertad para circular, respetando los días permitidos al año, pero sin la carga de las inspecciones obligatorias.
De esta forma, España adapta su normativa de transporte a las directrices de la Unión Europea, protegiendo tanto el patrimonio automovilístico como el medio ambiente, con especial atención a las Zonas de Bajas Emisiones.